En el derecho Internacional Privado, la
Cuestión Metodológica se encuentra en todos los sistemas legislativos,
diferenciándose del Derecho material en vista de que el primero actúa de forma
indirecta porque posee un factor especial de conexión y distribución porque asigna
competencia siempre y cuando existan conflictos de leyes, caso en el cual la
segunda (Derecho Material) no opera puesto que es más dispositiva; sin embargo
las normas de este derecho versan sobre relaciones jurídicas internacionales de
carácter privado en las cuales son sujetos las personas, bienes y actos.
Como ya se ha mencionado anteriormente el
factor de conexión que contiene y resuelve el problema jurídico indirectamente,
diferencia la norma del Derecho Internacional Privado y la norma del Derecho
Material, siendo que este último da respuesta al problema planteado
directamente. Entonces es conveniente determinar ¿Qué es un factor de conexión?. Es el elemento integrante entre la
consecuencia jurídica de la norma y el derecho aplicable. Existen cinco
factores de conexión atendiendo al hecho de que la relación jurídica verse
sobre las personas, los bienes o un acto jurídico cualquiera; de allí que los
factores de conexión sean:
a) Referidos a la Persona (Nacionalidad y Domicilio).
b) Referidos a los Bienes (Ubicación y Distinción entre
Muebles e Inmuebles).
c) Referentes a los Actos (Forma Externa de los Mismos).
d) Referentes a los Contratos
(Principio de la Autonomía de la Voluntad).
e) También pueden ser de forma acumulativa (cuando se conecta varios ordenamientos jurídicos
y todos aportan soluciones o cuando se aplica un solo derecho a la situación
planteada pero regulado la calidad por otro) y no acumulativa (cuando la norma de conexión indica el derecho aplicable o se le da
competencia a otras jurisdicciones pero de manera subsidiaria).
Por otra parte en conveniente resaltar que
estas normas que compone dicho derecho (DIP) no resultan ser uniforme para
otros sistemas legislativos por lo que en consecuencia se prevé la existencia
de divergencias debido a ellos, así como también por los factores de
conexión por ser distintos a las normas
de los sistemas legislativos.
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